Deusto identifica 16 derechos fundamentales en la era digital

El objetivo es llamar a la reflexión y abrir el debate sobre la “necesaria y urgente defensa” de la dignidad e integridad de la persona en el contexto de la revolución tecnológica, según ha informado el magistrado de la Audiencia Nacional Eloy Velasco, uno de los miembros del equipo de trabajo que la ha elaborado.

Entre los derechos de la Declaración está el Derecho al olvido en Internet “para defender que toda persona tiene derecho a la supresión de sus datos personales en los buscadores de Internet y que se debe restringir la difusión universal e ilimitada de datos personales en buscadores de Internet cuando la información no presente relevancia pública ni interés general”.

Otro de ellos es el derecho de la desconexión en Internet, por el que toda persona tiene derecho a interrumpir su conectividad.

A ellos se suma el derecho al “legado digital”, por el que toda persona tiene derecho a la gestión de su identidad digital y de su herencia digital con carácter mortis-causa.

La Declaración incluye, además, el derecho a la protección de la integridad personal ante la tecnología, para que se respeten los derechos fundamentales y las libertades públicas en el ciberespacio, especialmente el derecho a la intimidad, a la propia imagen y al honor.

Otro de los derechos es el referido a la libertad de expresión en la red.

Asimismo, está el derecho a la identidad personal digital, que recuerda el derecho de toda persona “a controlar su identidad en la red, y a evitar la injerencia no deseada de terceros en la gestión de la misma”.

A ellos se suman el derecho a la privacidad en entornos tecnológicos, que defiende el derecho a la protección de los datos personales, y el derecho a la transparencia y responsabilidad en el uso de algoritmos.

La Declaración también incluye el derecho a disponer de una última instancia humana en las decisiones de sistemas expertos, por el que las personas tienen derecho a que las decisiones y actuaciones que afectan a su desarrollo personal y a sus derechos no se adopten exclusivamente a partir del tratamiento automatizado de información.

El derecho a la igualdad de oportunidades en la economía digital defiende contar con las mismas oportunidades en el intercambio de bienes y servicios digitales.

El derecho a las garantías de los consumidores en el comercio digital recoge que toda persona que use o consuma bienes y servicios en la red tenga derecho a recibir información veraz sobre los mismos.

El derecho a la propiedad intelectual en la red plantea que toda persona tenga derecho a decidir acerca de la protección de las producciones literarias, artísticas, científicas o técnicas de las que sea autora en la red.

El resto hasta completar los 16 son el derecho a la accesibilidad universal y a la alfabetización digital, el derecho a la imparcialidad en la red, y el derecho a una red segura para garantizar la confidencialidad e integridad de los datos frente a “amenazas de software malicioso y atacantes especializados”.

 

Fuente: CONFILEGAL