¿Qué debe contener un buen sistema de ‘compliance’ en la empresa?
Cuando la empresa como persona jurídica realiza esta puesta a punto en el cumplimiento normativo, el órgano de administración responsable del control y prevención pasa a formar parte de un sistema para evitar la comisión de delitos y, en consecuencia, que no haya responsabilidad de la persona jurídica.
Para conformar un buen sistema de prevención de delitos puede intervenir un departamento de ‘compliance’ inhouse al que no es nada desdeñable sumar el asesoramiento de un experto externo.
El sistema de ‘compliance’ contendrá como mínimo esta docena de puntos que, además, deberán ser supervisados en una tarea de control y seguimiento por la figura del director de cumplimiento normativo o ‘compliance officer‘.
Informe de riesgos
Elaboración de un manual de procedimientos para la prevención que contiene las reglas y procedimientos necesarios para el cumplimiento normativo
Nombramiento de representante ante el Servicio Ejecutivo de Prevención del Blanqueo de Capitales (SEPBLAC)
Sistema de seguimiento continuo de la relación de negocios a través del análisis de las operaciones efectuadas a lo largo de toda la relación para detectar cualquier desviación
Constitución del Órgano de Control Interno (OCIC)
Conservación de documentos de diligencia debida por un periodo mínimo de 10 años
Adopción de medidas adecuadas para saber quién es quién previo a establecer relación de negocios en lo que sería un sistema de identificación formal de clientes y alertas por detección temprana
Revisión del sistema de prevención por parte de la auditoría interna
Examen del sistema por parte de un experto externo para que la empresa someta sus procedimientos y órganos de control interno a un examen anual
Desarrollo de la Unidad técnica de análisis
Los sujetos obligados deben asegurarse que sus empleados conocen las exigencias normativas
Obligación de trasladar al SEPBLAC la comunicación por indicios o certeza de que una operación examinada está relacionado con el blanqueo
Fuente: CONFILEGAL